Hasta el 5 de abril, ampliado el plazo de solicitud de ayudas a la rehabilitación energética de viviendas

Propietarios o arrendatarios de viviendas y comunidades pueden acogerse a las subvenciones

La tramitación se realiza a través del registro de la Junta de Andalucía.

La empresa municipal URTASA recuerda líneas y destinatarios principales de cada ayuda.

Se financian mejoras que supongan  la reducción del consumo de energía primaria no renovable en al  menos el 30%.

También actuaciones para la reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración que supongan un ahorro de al menos el 7%. Y la sustitución de elementos de la envolvente térmica de edificios y viviendas que cumplan determinados valores de aislamiento térmico y permeabilidad del aire.

También se contemplan ayudas para afrontar los costes de gestión, honorarios profesionales, y gastos de tramitación administrativa. Son necesarios por ejemplo para la elaboración del libro del edificio, así como  la propia  redacción de proyectos de rehabilitación.

Podrán solicitar las ayudas propietarios y arrendatarios de viviendas,  estos últimos con autorización de la persona propietaria.

Las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente de las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias.

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