BARES Y SALAS DE FIESTA PODRÁN AMPLIAR HORARIO EN LA NAVIDAD

El decreto emitido hoy por el Ayuntamiento regula también la celebración de fiestas en Nochebuena y Nochevieja

Desde la Secretaría General del Ayuntamiento se ha emitido recientemente el decreto número 004465/2013 firmado con anterioridad por el alcalde, y en el que se regula el horario de apertura y cierre de establecimientos de restauración y dedicados a actividades recreativas durante la celebración de la Navidad.

El documento especifica que se trata de una medida de carácter excepcional y de aplicación en el periodo navideño comprendido desde el día 24 de diciembre de 2013 hasta el día 6 de enero de 2014. Eso sí, la facultad de ampliación no podrá superar en dos horas los horarios generales de cierre de los establecimientos. Además, estas modificaciones de carácter temporal deberán ser comunicadas a la delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía y a la Subdelegación del Gobierno en la provincia.

En Tarifa la aplicación de toda la normativa se refleja finalmente en un cuadro recogido en el referido decreto. En el cuadrante se especifica que bares y cafeterías podrán estar abiertos hasta las 5 horas de la madrugada del día 24 al 25 de Diciembre, siendo el horario de cierre a las 3 horas durante las jornadas del 25, 26, 27, 28, 29 y 30. Ya en la noche del 31 de diciembre estaría permitido, de nuevo, el cierre puntual hasta las 5 horas de la madrugada.

En la misma progresión se aplica la medida a los “bares con música” que podrán cerrar, no obstante, a las 6 h. de la mañana durante la celebración del 24 de diciembre. Las jornadas siguientes se fijan a las 4h de la madrugada y así hasta el 31 de diciembre donde se puede repetir de nuevo cerrando a las 6 horas.

Las discotecas cuentan con la mayor flexibilidad pudiendo cerrar A las 8 horas de la mañana en los días clave del 24 y el 31 de diciembre. El resto de jornadas podrán hacerlo a las 7 horas.

 

La situación es la misma para el mes de Enero, cuando se mira a las vísperas de Reyes para fijar la mayor extensión horaria. En la noche del 5 de enero, las discotecas podrán abrir hasta las 8 horas de la mañana otra vez, los bares con música hasta las 5 horas de la madrugada y las cafeterías y bares convencionales lo podrán hacer hasta las 4 horas.

En el mismo documento oficial se habla de la organización de fiestas puntuales para el día 24 de diciembre y para el día 31 de la Navidad. Se deberá solicitar la correspondiente autorización ante la administración local antes del día 5 de diciembre. Existen aquí diferencias entre los establecimientos cuya licencia en vigor ampara este tipo de celebraciones y aquellos que no cuentan con el permiso previo.

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