Hasta el 5 de abril, ampliado el plazo de solicitud de ayudas a la rehabilitación energética de viviendas
Propietarios o arrendatarios de viviendas y comunidades pueden acogerse a las subvenciones
La tramitación se realiza a través del registro de la Junta de Andalucía.
La empresa municipal URTASA recuerda líneas y destinatarios principales de cada ayuda.
Se financian mejoras que supongan la reducción del consumo de energía primaria no renovable en al menos el 30%.
También actuaciones para la reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración que supongan un ahorro de al menos el 7%. Y la sustitución de elementos de la envolvente térmica de edificios y viviendas que cumplan determinados valores de aislamiento térmico y permeabilidad del aire.
También se contemplan ayudas para afrontar los costes de gestión, honorarios profesionales, y gastos de tramitación administrativa. Son necesarios por ejemplo para la elaboración del libro del edificio, así como la propia redacción de proyectos de rehabilitación.
Podrán solicitar las ayudas propietarios y arrendatarios de viviendas, estos últimos con autorización de la persona propietaria.
Las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente de las personas propietarias, usufructuarias o arrendatarias.
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