El Ayuntamiento de Tarifa pone en marcha ayudas para los inquilinos de las viviendas municipales

ELa Oficna de la Vivienda coordinan la gestión de la redución del 50% de las mensualidades

La  Oficina de la Vivienda gestiona el aplazamiento del pago o la reducción del 50 %  del alquiler. Las ayudas se pueden solicitar hasta el 30 de abril

Los inquilinos de viviendas de titularidad municipal que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica como consecuencia directa de la alerta sanitaria por la COVID-19, y que se estén al corriente en el pago de los alquileres a fecha del 14 de marzo de 2020, pueden solicitar dos tipos de ayudas:

-La reducción del 50 por ciento en el alquiler durante el periodo de vigencia del Estado de Alarma, y mensualidades siguientes hasta un plazo máximo de 4 meses si persiste la vulnerabilidad económica de la unidad familiar.

-El aplazamiento en el pago del alquiler durante el periodo del Estado de Alarma decretado por el Gobierno. Se contempla la prórroga de la moratoria si persiste la vulnerabilidad económica provocada por la COVID-19, durante un periodo máximo de cuatro meses.

Para la devolución de las rentas aplazadas se contempla el fraccionamiento de las cuotas durante al menos tres años.

Destinatarios

Las ayudas están dirigidas a desempleados, trabajadores objeto de ERTE y aquellos inquilinos cuya renta familiar no alcance el límite de tres veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, conocido como IPREM.  Por cada hijo a cargo en la unidad familiar y por cada  persona mayor de 65 años el indicador IPREM el límite se incremente en 0,1 veces el IPREM.

Los beneficiarios de las ayudas deben estar al corriente en el pago de las rentas del alquiler a fecha del 14 de marzo. La citada renta más los gatos de suministros básicos de la vivienda (electricidad, gas, agua corriente, cuotas comunidad de propietarios, telefonía fija y móvil del arrendatario) deben suponer al menos un 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.

Se entiende que incumplen estos requisitos los inquilinos que no tengan regularizados los suministros indicados, así como los que acumulen impagos de cuotas a la Comunidad de propietarios.

Solicitud electrónica

Los interesados pueden solicitar las ayudas a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Tarifa en la web www.aytotarifa.com. Tendrían que dirigirse a la pestaña TRÁMITES Y GESTIONES  y buscar a continuación el apartado SOLICITUDES SIN CERTIFICADO DIGITAL. Una vez dentro, se accede a la “Solicitud de moratoria del alquiler de viviendas”.

La solicitud debe ir acompañada de las certificaciones que acrediten la percepción del subsidio de desempleo o en el caso del cese de la actividad por cuenta propia, el certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.  Otros documentos requeridos son el Libro de familia; certificado de empadronamiento de las personas empadronas en la vivienda;  y la declaración de dependencia y/o discapacidad en el caso de que se aleguen entre algún miembro de la unidad familiar.

Todos estos documentos se aportarán de manera digital, ya sea por fotografía o escaneados.

Si el solicitante no puede aportar algunos de estos documentos en el momento de la solicitud, puede presentar la Declaración Responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos. Está igualmente disponible en el enlace creado para la solicitud telemática de estas ayudas.

Para cualquier aclaración al respecto se recuerda los canales de Atención a la ciudadanía telemática y telefónica activados por el Ayuntamiento. Son los números 956 68 53 27  y 678 90 27 85. También se podrá solicitar cita previa por WhatsApp en el 678 90 32 60 o telegram: canal t.me/atencionalaciudadania_aytoTarifa.

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