TRAT. 017

NOMBRE DEL TRATAMIENTO

Gestión económica y contable

FINALIDAD DEL TRATAMIENTO

Gestión económica y contable para la fiscalización de los ingresos y gastos, gestión de facturación y gestión fiscal, (Anotación de las facturas recibidas bien mediante recepción automática desde el Punto general de entrada de facturas electrónicas o por captura de determinados datos de la factura en papel; validación por la oficina contable de las facturas recibidas; distribución de las
mismas a los órganos gestores a través de sus unidades tramitadoras, a
efectos de tramitar, si procede, el procedimiento de conformidad con la entrega del bien o la prestación del servicio realizada por quien expidió la factura y proceder al resto de actuaciones relativas al expediente de reconocimiento de la
obligación; y control de la morosidad en el pago de las facturas)

LEGITIMACIÓN

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria. Plan General de Contabilidad Pública en relación con la Disposición. Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la
factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

PERSONAS AFECTADAS POR EL TRATAMIENTO

Empleados del Ayuntamiento y Terceros (Proveedores, etc.) cuyos datos se tratan en la gestión económica y contable.

CESIONES DE DATOS

Los datos podrán ser comunicados a los Órganos gestores de las Administraciones Públicas en las que se han creado los registros contables
de facturas a efectos de la conformidad de las mismas y tramitación de los
expedientes de reconocimiento de la obligación, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria para la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de facturación y al Tribunal de Cuentas y Órganos de
Control Externo de las Comunidades Autónomas, a solicitud de dichos órganos, a efectos del desarrollo de sus funciones como superiores órganos fiscalizadores de las Administraciones Públicas, Entidades Financieras.

SE HACE TRANSFERENCIA INTERNAC

NO

INCLUYE DATOS DE CARÁCTER ESPECIAL

NO

TIPOLOGIA DE DATOS

Personales, Laborales, Tributarios, Patrimoniales, Potestad sancionadora, Seguridad Socia

PLAZO DE SUPRESIÓN PREVISTO*

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos,
además de los periodos establecidos en la normativa de archivos y documentación.

DESCRIPCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD*

Se ha adoptado las medidas de seguridad de índole técnica y organizativa necesaria para evitar la alteración, pérdida, mal uso, tratamiento y acceso no autorizado o robo de los mismos habida cuenta del estado de la tecnología. También se aplicarán las medidas de seguridad implantadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de
seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y conforme la Política de Seguridad de la Información que tiene establecida nuestra organización.

EVALUACIÓN DE IMPACTO

NO