APROBACION DEFINITIVA DEL PROYECTO DE URBANIZACION DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR SA-1 CABO DE PLATA (Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 96 de fecha 23.05.2012).

E D I C T O

Por Decreto de esta Alcaldía núm. 1423, de fecha 23.04.2012, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, he dispuesto lo siguiente:

«ASUNTO: Aprobación definitiva del PROYECTO DE URBANIZACION DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR SA-1 CABO DE PLATA, finalmente promovido por la correspondiente JUNTA DE COMPENSACION (expediente número: A-23/2005).

ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PRIMERO.- Por Decreto de la Alcaldía núm. 807 de fecha 06.03.2006 se aprueba inicialmente el PROYECTO DE URBANIZACION DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR SA-1 CABO DE PLATA, expediente del Área de Urbanismo núm. A-23/2005, previos los informes, técnico de fecha 08.02.2006 y jurídico de fecha 03.03.2006.

SEGUNDO.- El edicto de la aprobación inicial e información pública del citado proyecto de urbanización fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 57, de fecha 27.03.2006, en el Diario Europa Sur el día 22.03.2006, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y dirigiéndose notificación del Decreto de aprobación inicial a los correspondientes propietarios.

TERCERO.- En fecha 27.08.2010 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito presentado por Dña. Ana García Martínez en representación de la Junta de Compensación, aportando documentación.

CUARTO.- Con fecha 22.11.2010 emite informe conjunto el Sr. Arquitecto Municipal y el Sr. Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

QUINTO.- En fecha 04.02.2011 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito y anexo presentado por D. David España López en representación de ATALAYA DESARROLLOS INMOBILIARIOS, S.L.

SEXTO.- En fecha 06.02.2011 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito presentado por D. Agustín Viqueira Túrnez en representación de Atlanterra Inmobiliaria, S.A.

SEPTIMO.- Con fecha 10.05.2011 tiene entrada por Registro General de esta Corporación informe favorable condicionado procedente de la Agencia Andaluza del Agua de la Consejería de Medio Ambiente.

OCTAVO.- En fecha 19.05.2011 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito presentado por Dña. Ana García Martínez en representación de la Junta de Compensación, aportando documentación.

NOVENO.- Con fecha 20.09.2011 tiene entrada por Registro General de esta Corporación informe favorable condicionado procedente de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente.

DECIMO.- Con fecha 22.06.2011 emite informe conjunto el Sr. Arquitecto Municipal y el Sr. Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

UNDÉCIMO.- En fechas 26.01.2012 y 27.01.2012 tienen entrada por Registro General de esta Corporación escritos presentados por D. Luis Chabrera Adiego en representación de la Junta de Compensación SA-1 «ATLANTERRA GOLF», aportando documentación.

DUODÉCIMO.- Con fecha 27.01.2012 emite informe conjunto el Sr. Arquitecto Municipal y el Sr. Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

DECIMO TERCERO.- En fecha 15.02.2012 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito presentado por Dña. Ana García Martínez en representación de la Junta de Compensación, aportando documentación.

DECIMO CUARTO.- Con fecha 20.02.2012 emite informe conjunto el Sr. Arquitecto Municipal y el Sr. Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

DECIMO QUINTO.- En fecha 22.02.2012 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito presentado por Dña. Ana García Martínez en representación de la Junta de Compensación, aportando documentación correspondiente al Texto Refundido del citado proyecto de urbanización.

DECIMO SEXTO.- Con fecha 23.02.2012 emite informe conjunto el Sr. Arquitecto Municipal y el Sr. Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

DECIMO SEPTIMO.- Con fecha 27.02.2012 emite informe la Sra. Jefa de Gestión Tributaria.

DECIMO OCTAVO.- En fecha 15.03.2012 tiene entrada por Registro General de esta Corporación escrito y anexo (copia del informe sanitario vinculante de la Delegación Provincial de la Consejería de Salud, de fecha 14.03.2012, compulsada en fecha 15.03.2012) presentado por D. Alfredo de Anca Fernández.

DECIMO NOVENO.- Con fecha 23.03.2012 emite informe el Sr. Ingeniero Técnico de Obras Públicas.

VIGESIMO.- Con fecha 23.04.2012 emite informe el Sr. Técnico Asesor Jurídico.

FUNDAMENTOS:

Sobre el régimen jurídico de la tramitación de los Proyecto de Urbanización:

1. Se considera, principalmente, lo previsto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (artículos 98,99.1 y disposición transitoria novena), en la Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de los proyectos de urbanización de esta Excmo. Ayuntamiento publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 51, de fecha 17.03.2008 (disposición transitoria sobre la imposición de la tasa por la tramitación de estos proyectos) y en el Reglamento de Planeamiento, aprobado por el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio (artículos 141, 138.2 y relacionados: 127 a 130 y 132 a 134).

2. Finalmente, entre las atribuciones conferidas a la Alcaldía por el art. 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local, se encuentra, en su apartado j), las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

Por todo lo anterior y conforme a los informes obrantes en el expediente y, en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía conforme a lo anterior,

RESUELVO:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el PROYECTO DE URBANIZACION DEL PLAN PARCIAL DEL SECTOR SA-1 CABO DE PLATA, promovido por la correspondiente Junta de Compensación (que consta de: – Texto Refundido, – Estudio de Seguridad y Salud, – Pliego de Condiciones, – Separata de abastecimiento y saneamiento, – Inventario cartográfico de la vegetación, – Planos), con arreglo a las siguientes condiciones:

a).- A tenor del informe sanitario vinculante emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Salud en fecha 14.03.2012, dirigido a Dª. Ana García Martínez, Junta de Compensación SA-1 Atlanterra Golf, compulsado en fecha 15.03.2012, en el que se expresa que: «En relación a su solicitud de fecha 8 de marzo de 2012, en la que se interesa el informe sanitario previsto en el artº 17 del Decreto 70/2009, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de Consumo Humano de Andalucía, para el proyecto de Tramo de red de distribución de agua potable en Urbanización del Sector SA-1 «Cabo de Plata» en Término Municipal de Tarifa, le comunico que, tras la revisión de la documentación presentada, esta Delegación Provincial de Salud emite informe previo FAVORABLE, debiendo presentar antes de la construcción efectiva del tramo de red de distribución citado, que cuenta con una longitud total de 5,72 Km., la siguiente documentación: 1) Certificado del Director de la obra donde se indiquen los materiales a instalar indicando marcas comerciales y certificaciones sanitarias. 2) Indicación de la empresa que va a gestionar el tramo de red de distribución informado. En caso de ser una nueva empresa de gestión de abastecimiento, deberá presentar la documentación pertinente según lo indicado en el R.D. 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.». Se recuerda aquí que en el artículo 18 (sobre la puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones) del Reglamento de Vigilancia Sanitaria y Calidad del Agua de Consumo Humano de Andalucía (aprobado por el Decreto 70/2009, de 31 de marzo, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 73, de fecha 17.04.2009), se expresa lo siguiente, en sus apartados 1 y 2:

– En su apartado 1, que la puesta en funcionamiento de la nueva instalación requerirá informe sanitario vinculante basado en la inspección y en la valoración y seguimiento de los resultados analíticos de un análisis completo y, en su caso, de otros parámetros que determine la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de salud.

– En su apartado 2, que el municipio, la persona titular o la persona o entidad pública o privada gestora de la nueva instalación comunicará a la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de salud que emitió el informe sanitario sobre el proyecto de construcción, con al menos quince días de antelación, la intención de puesta en funcionamiento de la instalación, a efectos de su informe sanitario.

b).- A tenor del oficio procedente de la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Consejería de Medio Ambiente, de fecha 06.09.2011 (fecha de salida: 08.09.2011, número de salida: 26034, su referencia: P.D.11035.U.010.048), al que se une el documento denominado «INFORME AL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL PP SA-1 CABO DE PLATA, TARIFA, CÁDIZ», procedente de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, de fecha 16.08.2011, en cuyo apartado 4 finalmente se expresa lo siguiente: «4. INFORME. Por todo ello, esta Delegación Provincial, en el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas, a efectos del cumplimiento de lo establecido en el Art. 24.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de (sic), emite informe favorable al Proyecto de Urbanización del PP SA-1 «Cabo Plata», con sujeción al condicionado expresado a continuación: – En relación a la obra de paso Tipo 6 prevista sobre el arroyo del Moral, la pendiente de ejecución de las mismas deberá ser del 0,5%, debiéndose dar cuenta, tanto del inicio como de la terminación de las obras, a ésta Delegación Provincial de Medio Ambiente en Cádiz. Las obras no podrán producir sobreelevación del calado de las aguas. A este respecto no se podrá prever ni autorizar en las vías de flujo preferente ninguna instalación o construcción que altere el régimen de corrientes – Las obras se ejecutarán con sujeción a la documentación presentada por el solicitante, debiendo en todo caso, dejar libre la zona de servidumbre para uso público de 5 metros de anchura contigua al cauce y las mismas se diseñarán de forma que evacuen, al menos, la avenida de 500 años de periodo de retorno sin que se produzcan sob(r)elevación del calado de las aguas. A este respecto, no se podrá prever ni autorizar en las vías de flujo preferente ninguna instalación o construcción que altere el régimen de corrientes. Esta Delegación Provincial podrá autorizar pequeñas modificaciones que tiendan al perfeccionamiento del documento técnico presentado y que no afecten a la esencia de la autorización. – Se deberá garantizar que el despeje y desbroce en la zona donde se va a efectuar la actuación no suponga ningún daño al medio físico. Queda prohibida la tala o poda de árboles u otra vegetación de ribera o galería. – Las obras se realizarán de tal modo que, en ningún caso, se modifique la capacidad de desagüe del cauce, siendo el peticionario responsable de los daños que puedan originarse si se produjese esta circunstancia. Las actuaciones no supondrán ninguna modificación del trazado del cauce ni alteración del perfil del lecho fluvial. – Queda obligado el peticionario a conservar las obras en perfecto estado, siendo responsable de cuantos daños y perjuicios puedan ocasionarse a intereses públicos o privados como consecuencia de las obras autorizadas, tanto durante la ejecución como en la explotación. – Las obras se ejecutarán de tal forma que la posible retenida de agua producida no afecte a parcelas o fincas colindantes con el cauce.».

c).- Asimismo, se hace constar que en el Boletín Oficial de la Provincia número 51, de fecha 17.03.2008, se publicó la Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de los proyectos de urbanización de este Excmo. Ayuntamiento, en cuya disposición transitoria prevé que «Los Proyectos de Urbanización que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigor de la presente Ordenanza continuarán su tramitación de acuerdo con el régimen vigente en la fecha en que se presentaron en el Ayuntamiento, salvo lo dispuesto en el capítulo IV sobre la imposición de tasa por la tramitación de estos proyectos que será de aplicación una vez entre en vigor la presente Ordenanza, en los términos previstos en la Disposición Final.».

SEGUNDO.- Aprobar la siguiente liquidación y los plazos para su abono.

«NOMBRE O RAZON SOCIAL JUNTA DE COMPENSACION DEL SECTOR SA-1 CABO DE PLATA.

DNI/CIF B41944505

TRIBUTO PROYECTO DE URBANIZACION PLAN PARCIAL SA-1, CABO DE PLATA

PERIODO LIQUIDACION IMP. (€) TIPO (%) TOTAL (€)

2012 7.285.336 € 0,5 36426,68

TOTAL LIQUIDACION (EUROS) 36.426,68 €

Plazo de ingreso (Art. 62 ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria). Las liquidaciones notificadas del 1 al 15 del mes pueden ser ingresadas hasta el día 20 del mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las notificaciones entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Si, no obstante, deja transcurrir los plazos indicados, les será exigido el ingreso por vía ejecutiva, con Recargo de Apremio, mas los Intereses de Demora correspondiente. Cuando cualquier plazo de los anteriores finalice en día inhábil, quedará automáticamente ampliado su término en el día hábil inmediato posterior.

El ingreso deberá realizarse presentando la carta de pago adjunta en cualquiera de las Cajas de Ahorros o Bancos que se detallan a continuación.

CAIXA: 2100-4796-18-0200006769

BANESTO: 0030-4090-13-0870000271

UNICAJA: 2103-0613-11-0231635914

BBVA: 0182-3225-97-0208626121

CAJASOL: 2071-1264-33-0100414016

CAJAMAR: 3058-0765-67-2732000688

SCH: 0049-0448-05-2611110843

Contra esta liquidación podrá usted interponer, Recurso de Reposición dentro del plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto ante este Ayuntamiento o potestativamente, acudir a la vía judicial Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su notificación (art. 14 Real Decreto Legislativo 2/2004 Ley Reguladora de Haciendas Locales).».

TERCERO.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en la sede electrónica municipal y notificarlo a los propietarios y demás interesados que consten en el expediente.»

Contra el citado Decreto podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante esta Alcaldía o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en Algeciras. No obstante, se podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

TARIFA, a 24 de abril de 2012. EL ALCALDE, Juan Andrés Gil García