ACTA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL 07.11.2011

SECRETARÍA GENERAL

ACTAS

CBM/ISM

SEDE ELECTRONICA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA

ACTOS Y ACUERDOS MUNICIPALES

En cumplimiento a lo dispuesto en el art. 56 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 9º.3. de la Resolución de 15 de Junio de 1.999 de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz, me complace remitirle relación de acuerdos adoptado por la Junta de Gobierno Local en la sesión celebrada el 7 de noviembre de 2011:

EN TARIFA A 9 DE NOVIEMBRE DE 2011

LA SECRETARIA GENERAL,

CRISTINA BARRERA MERINO.

Minuta 29

ACTA DE LA

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL

7 DE NOVIEMBRE DE 2011

En el despacho de la Alcaldía de la Casa Consistorial de la ciudad de Tarifa, siendo las ocho horas y cuarenta minutos del día 07/11/2011, se reúnen, bajo la Presidencia del Alcalde, Don Juan Andrés Gil García, los Sres. Concejales que a continuación se relacionan, quienes siendo número suficiente, se constituyen en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 112.4 del. R.O.F, (Real Decreto 2568/1986) y en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 c) ambos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, con la asistencia de la Sra. Secretaria General, Dña. Cristina Barrera Merino.

Tenientes de Alcalde:

• Dña. Teresa Vaca Ferrer.

• D. Juan José Medina López de Haro.

• Dña. Ana Mª García Silva.

• D. José Antonio Santos Perea.

Encontrándose presentes un número miembros que respeta el quórum de la válida constitución de este órgano colegiado, por parte del Sr. Alcalde, se declara abierto el acto y pasan a tratarse los asuntos del orden del día.

ORDEN DEL DÍA

PUNTO PRIMERO: LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA EN BORRADOR DE LA SESION ANTERIOR CELEBRADA EL 26.09.2011.

Dada cuenta a los presentes del borrador de acta correspondiente a la sesión indicada, cuya copia se ha distribuido junto a la convocatoria a los señores miembros que componen este Órgano, no se añaden objeciones a su contenido, y por el Sr. Alcalde se declara aprobada y se ordena su transcripción al Libro Oficial.

PUNTO SEGUNDO: CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACION ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y LA UNIVERSIDAD DE CADIZ PARA LA CREACION DE UN AULA DE FORMACION ABIERTA.

Asunto: Aprobación de “CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ PARA LA CREACION DE UN AULA DE FORMACIÓN ABIERTA.”

Se ha emitido informe de Intervención de fecha 25.10.2011 en el que se refleja que “(…) existen obligaciones reconocidas a favor de la Universidad de Cádiz por el concepto de apoyo de gasto docente por importe de 3.000,00 euros, correspondiente al curso académico 2009/2010, y de 7.200,00 euros, correspondiente al curso académico 2011/2012 (…). Por lo que, siempre que la situación de tesorería lo permita, este órgano de fiscalización no encuentra ningún impedimento para asumir el calendario de pagos propuesto, en lo referente a dichas cantidades, en el citado Convenio.

(…) En cuanto a la obligación de asumir la cantidad de 7.200,00 euros en concepto de apoyo docente durante el ejercicio 2011/2012, señalar que en el ejercicio 2011 existe crédito adecuado y suficiente en la partida de gasto 324/4896 por importe de 5.000,00 euros. Para poder asumir la cantidad reseñada en el Convenio antes del día 31 de marzo de 2012 será necesario, adoptar alguna de las siguientes soluciones:

1º) Modificar el Presupuesto del ejercicio 2011 incrementando en el importe de 2.200 euros la partida de gasto 324/4896.

2º) Reconocer obligación por importe de 5.000 euros con cargo al ejercicio presupuestario 2011 e incluir la cantidad restante en el Presupuesto del ejercicio 2012 (si se opta por esta opción será necesario aprobar definitivamente los presupuestos antes del día 31 de marzo de 2012 para poder hacer frente al calendario de pago propuesto)

Por todo lo expuesto, y siempre y cuando se opte por alguna de las soluciones propuestas, este órgano muestra su conformidad con la aprobación del citado Convenio. (…)”

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de junio, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85 de 02 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio, y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: D. Juan Andrés Gil García, Dña. Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, acuerda:

PRIMERO: Aprobar el CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ PARA LA CREACION DE UN AULA DE FORMACIÓN ABIERTA, cuyo tenor literal es el que sigue:

“CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ PARA LA CREACIÓN DE UNA AULA DE FORMACIÓN ABIERTA

REUNIDOS

En la ciudad de Tarifa, a 20 de octubre de 2011.

De una parte, el Sr. D. Eduardo González Mazo, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz, con domicilio en C/ Ancha, 16 de Cádiz, en nombre y representación de la misma, según nombramiento de la Presidencia de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto número 230/2011, de 5 de julio (BOJA núm. 133 de 8 de julio de 2.007), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (BOJA nº 207, de 28 de octubre), modificados por el Decreto 2/2005, de 11 de enero, el Decreto 4/2007 de 9 de enero y el Decreto 233/2011, de 12 de julio.

De otra parte D. Juan Andrés Gil García, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Tarifa, en nombre y representación del Ayuntamiento de Tarifa.

MANIFIESTAN

Primero. Que ambas partes firmaron un Convenio Marco de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones.

Segundo. Que la Universidad de Cádiz tiene entre sus objetivos la promoción de los estudios universitarios entre la población de la comarca del Campo de Gibraltar, en relación con los objetivos y planes de estudio de dicha Universidad en la provincia.

Tercero. Que en la oferta educativa de la Universidad de Cádiz se incluye la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Cuarto. Que el Excmo. Ayuntamiento de Tarifa estima de enorme interés colaborar con la Universidad de Cádiz a fin de facilitar la inscripción, seguimiento y finalización con éxito de dicha prueba de acceso a cuantas personas de la localidad estén interesadas en la misma.

Que por lo expuesto, ambas partes formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio establecer la colaboración entre ambas partes para la creación y mantenimiento de un Aula de Formación Abierta que, instalada en la localidad de Tarifa, promueva y facilite la inscripción y consecución con éxito de la Prueba de acceso a la Universidad para Mayores de 25 Años, a través de la Universidad de Cádiz.

La citada Aula de Formación Abierta permite preparar las materias correspondientes a la prueba común, así como las correspondientes a la prueba específica, teniendo en cuenta que sólo se impartirán dichas materias si se cuenta con un número mínimo de alumnos, cuya determinación depende del acuerdo de las partes, y de la disponibilidad del apoyo docente propuesto por el Ayuntamiento de Tarifa y del profesorado propuesto por la Universidad de Cádiz.

SEGUNDA. Compromisos del Ayuntamiento de Tarifa.

En virtud del presente Convenio, el Excmo. Ayuntamiento de Tarifa asume las siguientes obligaciones:

1. Satisfacer a lo largo del curso de Mayores de 25 años del curso académico 2011/2012, la deuda que tiene pendiente con la Universidad de Cádiz, generada por el concepto de gastos de apoyo docente, correspondientes a los cursos académicos 2009/2010 (por un importe de 3.000 €, tres mil euros) y 2010/2011 (por un importe de 7.200 €, siete mil doscientos euros), dando un total de 10.200 €. A tales efectos se establece el siguiente calendarios de pagos:

a. Al menos el 50% del importe total indicado, antes del término del primer trimestre del curso académico 2011/2012 (antes del 31 de diciembre de 2011).

b. La cantidad restante, antes del término del segundo trimestre del curso académico 2011/2012 (antes del 30 de marzo de 2012).

2. Asumir parte de los gastos del apoyo docente del presente curso académico 2011/2012, destinando a ello la cantidad de 7.200 € (siete mil doscientos euros).

Este importe deberá estar satisfecho, mediante ingreso en la cuenta corriente correspondiente a la Universidad de Cádiz, antes de la terminación del citado curso académico.

3. Poner a disposición del Aula de Formación Abierta un espacio adecuado para las necesidades docentes con su equipamiento, según requiera en su caso la Universidad de Cádiz, en horario de tarde y durante el tiempo de duración del curso lectivo en la Universidad de Cádiz.

4. Contratar los seguros que en su caso sean necesarios, sin perjuicio de los seguros escolares de que disponga el alumnado desde el momento de conclusión de su matrícula.

5. Nombrar a una persona para que, en dependencia de la persona u organismo que el Ayuntamiento estime conveniente, ejerza las siguientes funciones:

– Sin perjuicio de las competencias de la Universidad de Cádiz, la coordinación de los docentes, incluyendo el establecimiento de horarios de clase.

– Servir como enlace operativo entre el Excmo. Ayuntamiento y la Universidad de Cádiz, a fin de trasladar información entre ambas instituciones y entre éstas y el alumnado y profesorado.

– Proceder a la recogida de las solicitudes de matriculación en las instalaciones municipales que se designen al efecto, dando traslado de las mismas a la Universidad de Cádiz.

– Informar al alumnado, previo acuerdo de las partes firmantes del presente convenio, de los derechos y obligaciones de los alumnos, sobre todo en lo referente a los materiales que se le puedan facilitar y a las tutorías, tanto en su versión presencial como virtual.

6. Difundir la oferta educativa de la Universidad de Cádiz en los medios de comunicación de titularidad municipal.

TERCERA. Compromisos de la Universidad de Cádiz.

1. Facilitar la matriculación del alumnado a través de la persona de coordinación designada por el Ayuntamiento de Tarifa.

2. Aportar los docentes correspondientes a materias de la Prueba de Acceso, durante el tiempo de duración del curso, y que previo acuerdo se estimen necesarios.

3. La gestión del pago del apoyo docente propuesto por el Excmo. ayuntamiento de Tarifa, en todo caso, previo ingreso de los importes correspondientes en la cuenta corriente de la Universidad de Cádiz por parte de la entidad local firmante del presente convenio, en los términos previstos en el número dos de la cláusula segunda del presente convenio.

4. Autorizar al Ayuntamiento de Tarifa para la utilización del nombre y emblemas de la UCA en los soportes publicitarios que utilice para la difusión de la Aula de Formación Abierta, haciendo alusión, en todo caso, al carácter convenido de la misma.

5. Informar puntualmente al Ayuntamiento de cualquier novedad relacionada con la Prueba de Acceso.

CUARTA. Difusión.

En todos los actos, publicaciones y actividades de cualquier tipo que realice el Aula de Formación Abierta figurarán los respectivos logotipos del Ayuntamiento de Tarifa con similares características de tamaño y representatividad que los de la UCA, que aparecerán de acuerdo con el Manual de Identidad Visual de la Universidad de Cádiz.

QUINTA. Comisión de seguimiento.

Se constituye una Comisión Mixta Paritaria de Seguimiento del convenio encargada de resolver las dudas que surjan en su interpretación, de solventar las posibles discrepancias que puedan surgir en su ejecución y de elaborar las propuestas tendentes a mejorar el funcionamiento del servicio del presente convenio.

Por parte de la Universidad de Cádiz, la persona designada al efecto es Doña Concepción Valero Franco, Directora General de Acceso a la Universidad de Cádiz.

Por parte del Excmo. Ayuntamiento de Tarifa, la persona designada al efecto es Don Juan Antonio Torán Estarelles, Concejal delegado de Educación y Deportes.

SEXTA. Vigencia del convenio.

El presente convenio contempla el vigor de las actuaciones de los cursos lectivos correspondientes a 2009-2010, 2010-2011 y 2011-2012, sin que quepa la opción de prórroga, ni aún expresa, para los cursos académicos siguientes, que en su caso requerirán la firma de un nuevo convenio.

SEPTIMA. Interpretación del Convenio. Jurisdicción aplicable.

Este Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contrato del Sector Público y se regirá por lo previsto en el clausulado de este Convenio y demás normas especiales, aplicándose, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.2, los principios de la citada Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo de las partes. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo de conformidad con la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Y para que conste y surta los debidos efectos, los representantes de ambas partes firman el presente Convenio en el lugar y fecha indicados.”

SEGUNDO.- Anunciar en el BOP la aprobación del citado convenio.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde para la firma del mismo y de cuantos documentos sean necesarios para su ejecución.

PUNTO TERCERO: RATIFICACION DE ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ Y EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA PARA LA CONTRATACION DE UN/A AGENTE DE DINAMIZACION CIUDADANA.

Asunto: Ratificación de “ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ Y EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA, PARA LA CONTRATACION DE UN/A AGENTE DE DINAMIZACION CIUDADANA.”

Se ha emitido informe de Intervención de fecha 18.10.2011 de 2011 en el que se refleja “(…) por tanto la Addenda reseñada ni tiene ninguna incidencia presupuestaria, no existiendo ningún obstáculo por parte de este órgano para que continúe la tramitación del expediente.”

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de junio, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85 de 02 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio, y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: D. Juan Andrés Gil García, Dña. Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, acuerda:

PRIMERO: No ratificar la ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ Y EL AYUNTAMIENTO DE TARIFA, PARA LA CONTRATACION DE UN/A AGENTE DE DINAMIZACION CIUDADANA.

SEGUNDO.- Notificar el presente acuerdo a la Diputación de Cádiz para su conocimiento y a los efectos oportunos.

PUNTO CUARTO: DESISTIMIENTO SUBVENCION INSTITUCIONAL CONCEDIDA POR CONSEJERIA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL EN MATERIA DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DELA DROGODEPENDENCIA Y ADICCIONES. PROGRAMA CIUDAD CONTRA LA DROGA.

ASUNTO: DESISTIMIENTO SUBVENCION SOLICITADA A LA CONSEJERIA DE IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL, PROGRAMA: CIUDAD ANTE LA DROGA.

ANTECEDENTES

Mediante Orden de 13 de junio de 2011, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería para el ejercicio 2011, se convocó la siguiente línea de subvención: subvenciones a entidades locales en materia de prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones.

El Excmo. Ayuntamiento figura en la relación de personas o entidades interesadas que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por orden de puntuación y la cuantía de la subvención otorgable.

FUNDAMENTO

La solicitud del Ayuntamiento ha sido concedida por el importe pretendido, por lo que dentro del plazo concedido en la propuesta para formular alegaciones, aceptar la subvención propuesta o renunciar, esta Junta de Gobierno, teniendo en cuenta la actual situación financiera del Ayuntamiento y considerando que existe una dificultad cierta para cofinanciar este programa y habiendo valorado las manifestaciones de la Concejalía de Hacienda a este respecto, ha tomado la decisión de renunciar a la ejecución del programa.

Conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, la Junta de Gobierno Local, tras estudio y votación ordinaria con el voto favorable de los Sres.: D. Juan Andrés Gil García, Dña. Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, ACUERDA:

Primero.- Renunciar a la solicitud de subvención de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social concedida a este Ayuntamiento en materia de prevención comunitaria de las drogodependencias y adicciones.

Segundo.- Remitir este acuerdo así como el formulario (anexo II) de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social para su conocimiento y efectos oportunos.

PUNTO QUINTO: ASUNTOS DE URGENCIA.

U/1: CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CÁDIZ, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y CEALM TARIFA S.L. (11/9)

De conformidad con lo dispuesto en el art. 91.4 del RD 2568/1986, concluido el examen de los asuntos incluidos en el Orden del Día, por razones de urgencia el Sr. Alcalde somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local el expediente tramitado para la aprobación del Convenio que se indica, siendo aprobada por unanimidad de los presentes la procedencia de su debate.

Asunto: Aprobación de “CONVENIO DE COLABORACION EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CADIZ, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y CEALM TARIFA, S.L.”

Consta en el expediente informe emitido por el Sr. Asesor Jurídico del área de personal en fecha 07.11.2011.

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de junio, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85 de 02 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio, y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: D. Juan Andrés Gil García, Dña. Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, acuerda:

PRIMERO: Aprobar el CONVENIO DE COLABORACION EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CADIZ, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y CEALM TARIFA, S.L., cuyo tenor literal es el que sigue:

“11/2010/J/179 – 11/9

CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CADIZ, EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA, Y CEALM.TARIFA S.L.

En la ciudad de Cádiz a 26/10/2011, reunidos de una parte D. JUAN BOUZA MERA, Director Provincial del S.A.E., de otra parte D/Dª. Juan Andrés Gil García en calidad de Alcalde de la Entidad Excmo. Aytº. De Tarifa, cuya representación acredita y adjunta a este Convenio y de otra D./Dª Bartolomé Iglesias Quintero en calidad de Administrador de la entidad CEALM.TARIFA S.L., cuya representación consta en el expediente arriba referenciado.

Reconociéndose todos ellos capacidad plena para obligarse en los términos del presente Convenio.

E X P O N E N

1. º El artículo 51 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras parpa la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos, establece en su apartado 1, que para la realización de las prácticas profesionales, el Servicio Andaluz de Empleo suscribirá Convenios de Colaboración con las entidades beneficiarias y las empresas donde se realicen las practicas, obligando a que dichos convenios contengan al menos la siguiente información: número de alumnos, especialidad formativa, lugar, duración, horarios y contenido del Plan Formativo de actividades y evaluación, en el que, como mínimo se deberán incluir las tareas y procesos a realizar en la empresa por parte del alumnado y el sistema de tutorías para el seguimiento y la evaluación.

Con ello se podrán ejecutar en toda su extensión todos y cada uno de los programas destinados a facilitar a la población activa andaluza, la formación o calificación profesional que las condiciones del mercado requieren.

2. º Mediante Ley 4/2002, de 16 de diciembre, se crea el Servicio Andaluz de Empleo, organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de empleo, como órgano gestor de la política de empleo en la Junta de Andalucía. Y que dando cumplimiento a lo expresado en la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley, se establecen los Centros Directivos en el S.A.E., por Decreto 103/2003, de 15 de abril. Igualmente ha de tenerse en cuenta cuanto dispone el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

3. º El Director Provincial del SAE es competente para conocer del presente expediente por aplicación de cuanto dispone el artículo 89, 1. b.) de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

4. º Ha de mencionarse expresamente el Convenio o la Resolución dictada por el Sr. Director Provincial del SAE, con fecha 20/12/2010 y acogido al Decreto citado, en la que le fue concedida a la Entidad CEALM. TARIFA S.L. con C.I.F: B11377421 , una subvención para la realización de un curso de F. P. E. para personas desempleadas, con el fin de facilitar su incorporación al mercado de trabajo.

5. º En el texto de dicha Resolución o Convenio se prevé que alumnos desempleados participantes en los cursos, puedan realizar una fase de prácticas profesionales en Empresas, Organismos Públicos y otras Entidades, las cuales se regirán por lo dispuesto en los artículos 48, siguientes y concordantes de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

6. º La Entidad Excmo. Aytº. De Tarifa con C.I.F: P1103500C y domicilio en Tarifa en la Plaza de Stª. María s/n Código Postal 11380, cuenta con las instalaciones adecuadas para la impartición de las referidas practicas profesionales.

7. º Por lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes acuerdan la firma del presente Convenio de Colaboración en materias de practicas profesionales, con arreglo a las siguientes:

E S T I P U L A C I O N E S

PRIMERA.- La Entidad Excmo. Aytº. De Tarifa, se compromete a facilitar sus instalaciones sitas en Tarifa en la Plaza de Stª. María s/n Código Postal 11380 para la realización de practicas profesionales, por parte de los alumnos/as del Curso nº. 9, denominado Monitor Sociocultural , subvencionado a la Entidad CEALM. TARIFA S.L., en virtud del Convenio o Resolución anteriormente referenciado.

SEGUNDA.- De los alumnos/as participantes en el/los referido/s curso/s un numero de una, llevaran a cabo en las citadas instalaciones dicha fase de practicas profesionales, según se detalla en Anexo.

TERCERA.- De la realización de dichas practicas profesionales, no se deducirá relación laboral alguna entre los alumnos y la Entidad en la cual se llevara a cabo.

CUARTA.- Las practicas profesionales objeto del presente Convenio se realizarán en consonancia con cuanto disponen los artículos 49 y concordantes de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

QUINTA.- Con carácter previo al inicio de estas practicas profesionales, la Entidad Excmo. Aytº. De Tarifa comunicara a los representantes legales de los trabajadores del/los citado/s Centro/s de trabajo, la relación nominal de los/las alumnos/as que las realicen, así como de su contenido y horario.

SEXTA.- Al comienzo de la fase de practicas profesionales y a los efectos que procedan, la Dirección Provincial del SAE, comunicara a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la identidad del/los alumos/as que van a realizarlas, y de/del los centros de trabajo en que se van a ejecutar, así como el horario de las mismas.

La Dirección Provincial podrá requerir en cualquier momento, de la Entidad que imparte las practicas, cuanta documentación considere necesaria, así como realizar las visitas técnicas oportunas, a fin de comprobar la adecuada ejecución de dichas practicas.

SÉPTIMA.- La Entidad Excmo. Aytº. De Tarifa designa a D./Dña. Isabel Triviño Cádiz , como tutor/a, a los efectos de asesorar a los/as alumnos/as y supervisar su actividad. Asimismo, a la finalización de la fase de prácticas, la Entidad facilitara a dichos alumnos/as, una acreditación de las mismas, en las que se hará constar su denominación, duración en horas y programa de practicas desarrollado.

OCTAVA.- La Entidad CEALM. TARIFA S.L. designa a D./Dña. Luz Mª Iglesias Gutiérrez, como tutor o tutora de prácticas de CEALM. TARIFA S.L., con las funciones que se establecen en el artículo 50 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

NOVENA.- La Entidad Excmo. Aytº. De Tarifa renuncia a las ayudas que, en compensación de los gastos que pudieran producirse en el transcurso de las practicas, están prevista en el articulo 53 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

DÉCIMA.- La Entidad CEALM. TARIFA S.L. viene obligada a suscribir, con carácter previo al inicio de la fase de practicas, una póliza suplementaria de seguros, que cubra el riesgo de accidentes de los/las alumnos/as que las realicen, según las previsiones del articulo 48, 3 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos

UNDÉCIMA.- La asistencia de los alumnos/as a la fase de practicas, será gratuita, no pudiendo percibir el alumno/a remuneración alguna, durante dicho periodo.

Estando las partes comparecientes de acuerdo con el contenido de este documento, y para que conste, se firma el mismo en el lugar y fecha arriba citados.

EL/LA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD

Excmo. Aytº. De Tarifa

Fdo: Juan Andrés Gil García

EL/LA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD

CEALM. TARIFA S.L.

Fdo: Bartolomé Iglesias Quintero

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SAE

Fdo: JUAN BOUZA MERA

RELACIÓN DE ALUMNOS QUE VAN A REALIZAR LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

Nº Expte.:11/2010/J/179 Nº Curso: 11/9 Nombre: Monitor Sociocultural Especialidad: SERVICIOS A LA COMUNIDAD Y PERSONALES

Denominación Entidad/Empresa donde se desarrollan las prácticas: Excmo. Aytº. De Tarifa.

Domicilio: Plaza de Stª. María s/n C.I.F.: P1103500C

Localidad: Tarifa C.P.: . 11380 Provincia: Cádiz

NOMBRE Y APELLIDOS ALUMNOS D.N.I. Detalle de Días y Meses realización prácticas HORARIO

PERÍDODO TOTAL Nº DÍAS

1 LUZ Mª PEREA DELGADO 75777691M Del: 12/12/2011 Al: 13/01/2012 24 De: 09,00 A: 14,00 horas

D./Dª.Bartolomé Iglesias Quintero en nombre propio o como representante legal de la Entidad Colaboradora CEALM. TARIFA S.L. cuya representación quedó acreditada en el momento de suscribir el Convenio de Colaboración con la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Cádiz y D./Dª Juan A. Gil García de la Empresa Excmo. Aytº. De Tarifa, acuerdan que para el desarrollo de la fase de Prácticas Profesionales del Expte. n. º11/2010/J/179 – Nº de Curso 9, las Prácticas Profesionales se realizarán según se relacionan y durante los días que se especifican.

SEGUNDO.- Anunciar en el BOP la aprobación del citado convenio.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde para la firma del mismo y de cuantos documentos sean necesarios para su ejecución.

U/2: CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CÁDIZ, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y CEALM TARIFA S.L. (11/10)

De conformidad con lo dispuesto en el art. 91.4 del RD 2568/1986, concluido el examen de los asuntos incluidos en el Orden del Día, por razones de urgencia el Sr. Alcalde somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local el expediente tramitado para la aprobación del Convenio que se indica, siendo aprobada por unanimidad de los presentes la procedencia de su debate.

Asunto: Aprobación de “CONVENIO DE COLABORACION EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CADIZ, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y CEALM TARIFA, S.L. 11/10”

Consta en el expediente informe emitido por el Sr. Asesor Jurídico del área de personal en fecha 07.11.2011.

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de junio, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85 de 02 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio, y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: D. Juan Andrés Gil García, Dña. Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, acuerda:

PRIMERO: Aprobar el CONVENIO DE COLABORACION EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CADIZ, EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA Y CEALM TARIFA, S.L. (11/10), cuyo tenor literal es el que sigue:

“11/2010/J/179 – 11/10

CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PRACTICAS PROFESIONALES ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO DE CADIZ, EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA , Y CEALM.TARIFA S.L.

En la ciudad de Cádiz a 27/10/2011, reunidos de una parte D. JUAN BOUZA MERA, Director Provincial del S.A.E., de otra parte D/Dª. Juan Andrés Gil García en calidad de Alcalde de la Entidad EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA, cuya representación acredita y adjunta a este Convenio y de otra D./Dª Bartolomé Iglesias Quintero en calidad de Administrador de la entidad CEALM.TARIFA S.L., cuya representación consta en el expediente arriba referenciado.

Reconociéndose todos ellos capacidad plena para obligarse en los términos del presente Convenio.

E X P O N E N

1. º El artículo 51 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras parpa la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos, establece en su apartado 1, que para la realización de las prácticas profesionales, el Servicio Andaluz de Empleo suscribirá Convenios de Colaboración con las entidades beneficiarias y las empresas donde se realicen las practicas, obligando a que dichos convenios contengan al menos la siguiente información: número de alumnos, especialidad formativa, lugar, duración, horarios y contenido del Plan Formativo de actividades y evaluación, en el que, como mínimo se deberán incluir las tareas y procesos a realizar en la empresa por parte del alumnado y el sistema de tutorías para el seguimiento y la evaluación.

Con ello se podrán ejecutar en toda su extensión todos y cada uno de los programas destinados a facilitar a la población activa andaluza, la formación o calificación profesional que las condiciones del mercado requieren.

2. º Mediante Ley 4/2002, de 16 de diciembre, se crea el Servicio Andaluz de Empleo, organismo autónomo de carácter administrativo de la Junta de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de empleo, como órgano gestor de la política de empleo en la Junta de Andalucía. Y que dando cumplimiento a lo expresado en la Disposición Transitoria Primera de la citada Ley, se establecen los Centros Directivos en el S.A.E., por Decreto 103/2003, de 15 de abril. Igualmente ha de tenerse en cuenta cuanto dispone el Decreto 136/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

3. º El Director Provincial del SAE es competente para conocer del presente expediente por aplicación de cuanto dispone el artículo 89, 1. b.) de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

4. º Ha de mencionarse expresamente el Convenio o la Resolución dictada por el Sr. Director Provincial del SAE, con fecha 20/12/2010 y acogido al Decreto citado, en la que le fue concedida a la Entidad CEALM. TARIFA S.L. con C.I.F: B11377421 , una subvención para la realización de un curso de F. P. O. para personas desempleadas, con el fin de facilitar su incorporación al mercado de trabajo.

5. º En el texto de dicha Resolución o Convenio se prevé que alumnos desempleados participantes en los cursos, puedan realizar una fase de prácticas profesionales en Empresas, Organismos Públicos y otras Entidades, las cuales se regirán por lo dispuesto en los artículos 48, siguientes y concordantes de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

6. º La Entidad EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA con C.I.F: P1103500C y domicilio en Tarifa en la calle Plaza de Stª. María s/n Código Postal 11380, cuenta con las instalaciones adecuadas para la impartición de las referidas practicas profesionales.

7. º Por lo anteriormente expuesto, las partes comparecientes acuerdan la firma del presente Convenio de Colaboración en materias de practicas profesionales, con arreglo a las siguientes:

E S T I P U L A C I O N E S

PRIMERA.- La Entidad EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA, se compromete a facilitar sus instalaciones sitas en Tarifa en la calle Plaza de Stª. María s/n Código Postal 11380 para la realización de practicas profesionales, por parte de los alumnos/as del Curso n. º10, denominado Monitor de Educación Ambiental , subvencionado a la Entidad CEALM. TARIFA S.L., en virtud del Convenio o Resolución anteriormente referenciado.

SEGUNDA.- De los alumnos/as participantes en el/los referido/s curso/s un numero de uno, llevaran a cabo en las citadas instalaciones dicha fase de practicas profesionales, según se detalla en Anexo.

TERCERA.- De la realización de dichas practicas profesionales, no se deducirá relación laboral alguna entre los alumnos y la Entidad en la cual se llevara a cabo.

CUARTA.- Las practicas profesionales objeto del presente Convenio se realizarán en consonancia con cuanto disponen los artículos 49 y concordantes de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

QUINTA.- Con carácter previo al inicio de estas practicas profesionales, la Entidad EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA comunicara a los representantes legales de los trabajadores del/los citado/s Centro/s de trabajo, la relación nominal de los/las alumnos/as que las realicen, así como de su contenido y horario.

SEXTA.- Al comienzo de la fase de practicas profesionales y a los efectos que procedan, la Dirección Provincial del SAE, comunicara a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la identidad del/los alumos/as que van a realizarlas, y de/del los centros de trabajo en que se van a ejecutar, así como el horario de las mismas.

La Dirección Provincial podrá requerir en cualquier momento, de la Entidad que imparte las practicas, cuanta documentación considere necesaria, así como realizar las visitas técnicas oportunas, a fin de comprobar la adecuada ejecución de dichas practicas.

SÉPTIMA.- La Entidad EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA designa a D./Dña. Mª Paz Gil García, como tutor/a, a los efectos de asesorar a los/as alumnos/as y supervisar su actividad. Asimismo, a la finalización de la fase de practicas, la Entidad facilitara a dichos alumnos/as, una acreditación de las mismas, en las que se hará constar su denominación, duración en horas y programa de practicas desarrollado.

OCTAVA.- La Entidad CEALM. TARIFA S.L. designa a D./Dña. Luz Mª Iglesias Gutiérrez, como tutor o tutora de prácticas de CEALM. TARIFA S.L., con las funciones que se establecen en el artículo 50 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

NOVENA.- La Entidad EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA renuncia a las ayudas que, en compensación de los gastos que pudieran producirse en el transcurso de las practicas, están prevista en el articulo 53 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

DÉCIMA.- La Entidad CEALM. TARIFA S.L. viene obligada a suscribir, con carácter previo al inicio de la fase de practicas, una póliza suplementaria de seguros, que cubra el riesgo de accidentes de los/las alumnos/as que las realicen, según las previsiones del articulo 48, 3 de la Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos

UNDÉCIMA.- La asistencia de los alumnos/as a la fase de practicas, será gratuita, no pudiendo percibir el alumno/a remuneración alguna, durante dicho periodo.

Estando las partes comparecientes de acuerdo con el contenido de este documento, y para que conste, se firma el mismo en el lugar y fecha arriba citados.

EL/LA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA

Fdo: Juan Andrés Gil García

EL/LA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD

CEALM. TARIFA S.L.

Fdo: Bartolomé Iglesias Quintero

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SAE

Fdo: JUAN BOUZA MERA

RELACIÓN DE ALUMNOS QUE VAN A REALIZAR LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

Nº Expte.:11/2010/J/179 Nº Curso: 11/10 Nombre: Monitor de Educación Ambiental Especialidad: SERVICIOS A LA COMUNIDAD Y PERSONALES

Denominación Entidad/Empresa donde se desarrollan las prácticas: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA.

Domicilio: Plaza de Stª. María s/n C.I.F.: P1103500C

Localidad: Tarifa C.P.: .11380 Provincia: Cádiz

NOMBRE Y APELLIDOS ALUMNOS D.N.I. Detalle de Días y Meses realización prácticas HORARIO

PERÍDODO TOTAL Nº DÍAS

1 AUGUSTO FRANCO NIETO 31814850P Del: 12/12/2011 Al: 13/01/2012 24 De: 09,00 A: 14,00 horas

D./Dª.Bartolomé Iglesias Quintero en nombre propio o como representante legal de la Entidad Colaboradora CEALM. TARIFA S.L. cuya representación quedó acreditada en el momento de suscribir el Convenio de Colaboración con la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Cádiz y D./Dª Juan Andrés Gil García de la Empresa EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TARIFA , acuerdan que para el desarrollo de la fase de Prácticas Profesionales del Expte. n. º11/2010/J/179 – Nº de Curso 10, las Prácticas Profesionales se realizarán según se relacionan y durante los días que se especifican.

SEGUNDO.- Anunciar en el BOP la aprobación del citado convenio.

TERCERO.- Autorizar al Sr. Alcalde para la firma del mismo y de cuantos documentos sean necesarios para su ejecución.

U/3: CONCESION DE ANULACION DE KIOSCO DE HELADOS EN BDA. PUNTA EUROPA.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 91.4 del RD 2568/1986, concluido el examen de los asuntos incluidos en el Orden del Día, por razones de urgencia el Sr. Alcalde somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local el expediente tramitado por el Área de Patrimonio que se indica, siendo aprobada por unanimidad de los presentes la procedencia de su debate.

ASUNTO: ANULACION DE LA INSTALACION KIOSCO DE HELADOS EN BDA PUNTA EUROPA.

ANTECEDENTES.-

PRIMERO: Con fecha 7 de Junio de 2011, el Excmo. Ayuntamiento autorizó mediante Decreto núm. 001427/2011, la ocupación de la vía pública en Bda. Punta Europa, en la zona lateral junto a bloque núm. 4 para instalación de kiosco para la venta de helados a favor de Don José Antonio Cárdenas

SEGUNDO: Con fecha 14 de Julio de 2011, tiene entrada en el Registro General, instancia suscrita por D. José Antonio Cárdenas Blanco, solicitando la anulación de la autorización para instalación de kiosco de helados en Bda. Punta Europa, ya que no se va a instalar el mismo, así como del pago asignado.

TERCERO: Se incorpora al expediente los siguientes documentos:

– Informe de la Policía Local de fecha 10/08/2011, en la cual dice: “Que la ocupación no se ha llegado a realizar”.

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de Junio de 2011, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: Juan Andrés Gil García, Doña Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, ACUERDA:

Primero: Conceder la anulación de la instalación de kiosco de helados en Bda. Punta Europa solicitada, y anular el pago de la liquidación correspondiente.

Segundo: Notificar el acuerdo al interesado, Policía Local, Oficina de Gestión Tributaria.

U/4: CONCESION DE BAJA DE OCUPACION DE VIA PUBLICA PARA CARTEL EN C AMADOR DE LOS RIOS.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 91.4 del RD 2568/1986, concluido el examen de los asuntos incluidos en el Orden del Día, por razones de urgencia el Sr. Alcalde somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local el expediente tramitado por el Área de Patrimonio que se indica, siendo aprobada por unanimidad de los presentes la procedencia de su debate.

ASUNTO: PROPUESTA AREA PATRIMONIO SOBRE BAJA OCUPACION VIA PÚBLICA PARA CARTEL EN CL AMADOR DE LOS RIOS.

ANTECEDENTES

PRIMERO: Con fecha 21 de Abril de 2008, la Junta de Gobierno Local concedió ocupación de vía pública para ocupación vía pública con cartel en C/. Amador de los Ríos, a favor de D. MAXIMILIAN ADOLF PFALZGRAF.

SEGUNDO: Con fecha 6 de Octubre de 2011, tiene entrada en el Registro General, instancia suscrita por D. Maximilian Adolf Pfalzgraf, solicitando la baja del cartel.

TERCERO: Se incorpora al expediente los siguientes documentos:

– Informe de la Policía Local de fecha 19/10/2011

– Informe del Área de Patrimonio y Montes de fecha 3/11/2011.

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de Junio de 2011, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: Juan Andrés Gil García, Doña Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la baja de la ocupación en vía pública con cartel sito en C/. Amador de los Ríos, solicitada por D. Maximilian Adolf Pfalzgraf.

SEGUNDO: Dar traslado del acuerdo al interesado y a la Oficina de Gestión Tributaria, a efectos de baja en el Padrón correspondiente.

U/5: CONCESION DE BAJA DE OCUPACION DE VIA PUBLICA PARA VADO COMERCIAL EN C BRAILLE 22.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 91.4 del RD 2568/1986, concluido el examen de los asuntos incluidos en el Orden del Día, por razones de urgencia el Sr. Alcalde somete a la consideración de la Junta de Gobierno Local el expediente tramitado por el Área de Patrimonio que se indica, siendo aprobada por unanimidad de los presentes la procedencia de su debate.

ASUNTO: PROPUESTA AREA PATRIMONIO SOBRE BAJA OCUPACION VIA PUBLICA PARA VADO COMERCIAL EN CL BRAILLE, 22.

ANTECEDENTES

PRIMERO: Con fecha 8 de Junio de 2009, la Junta de Gobierno Local concedió ocupación de vía pública para vado comercial en C/. Braille, 22, a favor de Doña Ana María García Jiménez, establecimiento “BULL”.

SEGUNDO: Con fecha 27 de Septiembre de 2011, tiene entrada en el Registro General, instancia suscrita por Dña Ana María García Jiménez, solicitando la baja del vado comercial.

TERCERO: Se incorpora al expediente los siguientes documentos:

– Informe de la Policía Local de fecha 13/10/2011

– Informe del Área de Patrimonio y Montes de fecha 3/11/2011.

La Junta de Gobierno Local, en uso de la competencia delegada por la Alcaldía mediante Decreto núm. 1564/2011, de 17 de Junio de 2011, conforme a lo establecido en el art. 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, tras estudio y previa votación ordinaria, con los votos favorables de los Sres.: Juan Andrés Gil García, Doña Teresa Vaca Ferrer, D. Juan José Medina López de Haro, Dña. Ana María García Silva y D. José Antonio Santos Perea, ACUERDA:

PRIMERO: Conceder la baja del vado comercial sito en C/. Braille, 22, establecimiento “Bull”, solicitada por Doña Ana María García Jiménez.

SEGUNDO: Dar traslado del acuerdo a la interesada y a la Oficina de Gestión Tributaria, a efectos de baja en el Padrón correspondiente.

SEXTO: RUEGOS Y PREGUNTAS.

No hubo.

Y no habiendo más asuntos que tratar, siendo las nueve horas, el Sr. Presidente levanta la sesión de la que se extiende la presente acta, que se somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local y en la firma de su Presidente, de todo lo cual yo, Secretaria General, doy fe.

Vº Bº

EL ALCALDE, LA SECRETARIA GENERAL,

Fdo. Juan Andrés Gil García. Fdo. Cristina Barrera Merino.